Establécese que, a los efectos de lo dispuesto por la ley 27.553, el término prescripción o receta electrónica o digital comprende la prescripción de medicamentos, dispositivos y estudios complementarios, prácticas o procedimiento. Las prescripciones deberán emitirse exclusivamente en formato electrónico o digital a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS). Toda prescripción deberá consignar una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR)
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación:
21/07/2025
Esfera del acto:
Nacional / Argentina
Idioma:
Español
Colección:
Farmacia, Medicamentos
Es complementada por Resolución 1, de 23 de Julio de 2025