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Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos en cuyo rótulo luce: “Pulpo en escabeche, Puerto de San Antonio Este, Productos artesanales” o “Productos Artesanales de Diego Orofino’’, Marca Listoya!.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 08/06/2015
Esfera del acto: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Productos Alimentícios
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